Sintrabacann impulsó convenio sobre cannabis y trabajo en la 114 conferencia general de la OIT

Sintrabacann impulsó convenio sobre cannabis y trabajo en la 114 conferencia general de la OIT

El modelo propuesto distingue uso lúdico o adulto (voluntario, no problemático), medicinal (terapéutico regulado) e industrial (fibras, semillas, procesos comerciales) y cuenta con respaldo de 20 organizaciones de países como Colombia, Argentina, Uruguay y México.


Ginebra, 3 de mayo de 2026. En un movimiento estratégico para incidir en la gobernanza global del cannabis, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria del Cannabis, Sintrabacann, presentó ante la Organización Internacional del Trabajo, OIT una propuesta de convenio titulada «Convenio sobre las Actividades Lúdicas, Medicinales e Industriales con la Planta de Cannabis y sus Derivados en el Mundo del Trabajo, 2026».

Lo hizo en el marco de la reunión 114 de la Conferencia Internacional del Trabajo, CIT, que se celebra entre el primero y el 12 de junio de 2026 en Ginebra, Suiza, con la participación de representantes

«Desde el Sindicato de Trabajadores del Cannabis estamos muy contentos de darle seguimiento al documento radicado el año pasado para tener una ponencia y poder discutirlo en la plenaria que se va a desarrollar en República Dominicana», aseguró desde la sede de la OIT, en Ginebra, Suiza, Jhon xxxxx , representante legal de la Fundación Atar y vocero de Sintrabacann.

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El documento, modelado bajo los estándares de los convenios internacionales del trabajo, busca garantizar condiciones dignas, seguridad jurídica y protección contra discriminación para trabajadores de toda la cadena de valor del cannabis, desde el cultivo hasta la comercialización.

«Estamos muy contentos porque fue muy bien recibido este convenio desarrollado por Sintrabacann, con todo el apoyo de las comunidades cannábicas, la industria, la cadena productiva y en el marco de todas las resoluciones que tienen que ver con el trabajo social, el trabajo justo y la inclusión, así como el desarrollo que hemos hecho en el norte del Cauca con la cooperativa renovando saberes», destacó el representante sindical.

Una propuesta inspirada en estándares OIT: estructura y alcance

Aunque el convenio presentado por Sintrabacann no constituye un instrumento oficial de la OIT, su estructura replica la de los convenios adoptados por la Conferencia General, lo que le otorga legitimidad técnica para incidir en debates regulatorios nacionales y regionales. El texto se organiza en cinco partes temáticas: disposiciones generales, derechos y deberes en la cadena de valor, condiciones de empleo, protección social y mecanismos de supervisión.

El Artículo 1 establece definiciones operativas clave para evitar ambigüedades regulatorias:

  • «Uso lúdico»: Consumo voluntario, consciente y no problemático con fines de bienestar, recreación o expresión cultural. El preámbulo aclara que incluye prácticas deportivas, estimulación creativa o gestión del ocio vinculada a salud mental.
  • «Uso medicinal»: Empleo de derivados para tratamiento de condiciones de salud, conforme a normativas internacionales.
  • «Uso industrial»: Aplicación de fibras, semillas y otros derivados en procesos industriales y comerciales.
  • «Cadena de valor»: Todas las etapas desde el cultivo hasta el consumo final, con garantías laborales y ambientales.

El convenio no promueve ni desincentiva modalidades específicas de uso, pero exige que todas las formas de trabajo relacionadas estén sujetas a garantías laborales plenas, protocolos de seguridad y educación para la salud.

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Protección contra discriminación: el núcleo innovador del convenio

El Artículo 7 representa el aporte más distintivo de la propuesta:

«Se prohíbe la discriminación laboral, académica o gremial basada únicamente en el consumo responsable y no problemático de cannabis o sus derivados, cuando este no afecte el desempeño de las funciones laborales o educativas».

Esta disposición obliga a los Estados Miembros a:

  • Limitar pruebas de detección de drogas a contextos con riesgo comprobado para la seguridad.
  • Implementar políticas basadas en evidencia que diferencien entre uso problemático y consumo responsable.
  • Garantizar que ninguna persona sea excluida de procesos de selección, formación o educación superior por su condición de usuario no problemático.

Este principio dialoga directamente con debates actuales en Colombia sobre la tensión entre políticas de seguridad laboral y derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad.

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Trazabilidad certificada y capacitación obligatoria: mecanismos de garantía

El convenio propone dos instrumentos operativos para materializar sus principios:

  1. Trazabilidad certificada de procesos: Exige que la comercialización y transformación de productos cannábicos cuenten con sistemas verificables de origen, calidad y condiciones laborales, sin intermediación de intereses politizados ni burocracia obstructiva.
  2. Capacitación continua (Artículo 12): Obliga a los Estados a implementar programas permanentes de formación con enfoque de derechos humanos para autoridades civiles y militares, personal médico y fuerzas de seguridad, con énfasis en distinción entre usos problemáticos/no problemáticos y procedimientos no discriminatorios.

Firmantes y representatividad: incidencia multisectorial en América Latina

El anexo del documento registra 20 firmantes iniciales, incluyendo personas naturales y jurídicas de Colombia, Argentina, Uruguay y México:

Tipo de firmanteEjemplosPaísRol en la cadena
Organizaciones socialesFundación Atar, ACCA Uruguay, Conexión NaturalColombia, UruguayIncidencia, reducción de daños
Empresas licenciadasAsocannabis SAS, Hempfull SAS, Llanos Oil SASColombiaCultivo, transformación, exportación
Cultivadores independientesDaniel Steven Vásquez, Wilmer AcevedoColombiaProducción primaria, genética
Redes de abogacíaRed Federal de Abogacía CannábicaArgentinaDefensa legal, asesoría jurídica

La diversidad de firmantes refleja una estrategia de incidencia multisectorial, aunque la representatividad geográfica se concentra en el Cono Sur y Colombia, con ausencia notable de actores de Centroamérica, el Caribe o Brasil.

Diálogo con instrumentos internacionales existentes

El texto se articula con estándares ya vigentes de la OIT como lo son:

  • Convenio 87 sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación.
  • Convenio 98 sobre derecho de sindicación y negociación colectiva.
  • Convenio 111 sobre discriminación en empleo y ocupación.

Esta estrategia de «anclaje normativo» busca legitimar las propuestas cannábicas dentro del derecho internacional del trabajo, evitando que sean percibidas como excepciones al régimen de control de drogas.

«Para nosotros es realmente un orgullo y estamos muy contentos de poder posicionar nuestro sindicato y a todas las empresas que hacen parte de la iniciativa, en este tipo de conferencias …Gracias al apoyo brindado por la CTU-USCTRAB y también Muchísimas gracias a las personas que hacen parte de conexión Natural, a los usuarios de los clubes, aquí estamos representándolos y de verdad es un orgullo para nosotros», concluyó XXXXXXXXXX.

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Implicaciones para Colombia: un insumo para la reforma laboral

Para Colombia, donde el debate sobre regulación de cannabis de uso adulto avanza lentamente, el convenio ofrece tres insumos estratégicos:

  1. Marco para reformas laborales: Podría inspirar modificaciones al Código Sustantivo del Trabajo para incluir protección explícita contra discriminación por consumo responsable.
  2. Guía para políticas de fiscalización: Los protocolos de capacitación para fuerzas de seguridad podrían integrarse en programas del Ministerio de Justicia y la Policía Nacional.
  3. Referente para acuerdos comerciales: En negociaciones de tratados de libre comercio, Colombia podría proponer cláusulas de reconocimiento mutuo de estándares laborales en industrias reguladas como el cannabis.

Conozca la propuesta de convenio presentado desde Sintrabacann aquí:

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