La plataforma será administrada por Mincomercio para articular oferta interinstitucional, facilitar el desarrollo empresarial, la inclusión productiva, la transparencia y la libre competencia.
Bogotá D.C., marzo 31 de 2026.- El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó un proyecto de resolución que reglamenta el artículo 15 del Decreto 1138 de 2025, creando el Sistema Integrado de Comercialización y Trazabilidad del Cannabis Medicinal, SICAMED, una plataforma digital obligatoria diseñada para facilitar la comercialización, fortalecer la trazabilidad comercial y articular medidas de fomento para pequeños y medianos actores del ecosistema cannábico colombiano.
La iniciativa, sometida previamente a consulta pública conforme a la Ley 1712 de 2014 de Transparencia, representa el intento más estructurado hasta la fecha para conectar la oferta nacional de cannabis medicinal con mercados formales, sin sustituir los controles sanitarios del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima ni los sistemas de fiscalización del Ministerio de Justicia de Justicia y del Derecho.
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¿Qué es SICAMED y por qué es novedoso?
El SICAMED no es un canal de transacción ni un registro sanitario adicional. Es una herramienta de política pública con tres componentes funcionales:
- Módulo de registro y caracterización de actores: Para identificar y priorizar a pequeños y medianos productores, sin validar requisitos legales ni licencias.
- Módulo de vitrina comercial y encadenamientos: Para divulgar oferta de productos terminados que cumplan la normativa, facilitar contactos entre oferentes y compradores, y estructurar ruedas de negocio.
- Módulo de analítica y reportes: Para generar indicadores de mercado que apoyen la formulación y evaluación de políticas públicas.
«El SICAMED no sustituye ni modifica el Mecanismo de Información para el Control de Cannabis, MICC, ni los sistemas de control y fiscalización vigentes. Su finalidad es apoyar el desarrollo de mercado y la trazabilidad comercial», precisa el artículo 9 del proyecto.
La innovación radica en su enfoque de articulación interinstitucional: el sistema operará de forma interoperable con el MICC, los registros del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima y las bases de datos del Instituto Colombiano Agrario, ICA, evitando duplicidades y facilitando el flujo de información entre entidades.
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Aspectos positivos: inclusión, transparencia y desarrollo empresarial
El proyecto incorpora principios y mecanismos que podrían impulsar el sector:
- 🔹 Priorización de pequeños actores: Las medidas de fomento (asistencia técnica, ruedas de negocio, líneas de crédito con Bancóldex) se focalizarán en pequeños y medianos cultivadores, microempresas y proyectos comunitarios rurales, incluyendo territorios PDET.
- 🔹 Transparencia comercial: El registro obligatorio de operaciones de compra-venta en el SICAMED permitiría monitorear flujos de mercado, identificar cuellos de botella y diseñar intervenciones basadas en datos.
- 🔹 Gradualidad y acompañamiento: La implementación será progresiva, con plazos diferenciados y medidas de apoyo para actores con menores capacidades operativas.
- 🔹 Protección de datos: El tratamiento de información se sujetará a la Ley 1581 de 2012, con salvaguardas para información comercial reservada.
Posibles cuellos de botella: coordinación, tecnología y carga administrativa
A pesar de sus avances, el proyecto enfrenta desafíos estructurales:
- 🔸 Complejidad de gobernanza: La «Instancia de Coordinación del SICAMED» integra a cuatro ministerios más tres entidades técnicas (ICA, Invima, Fondo Nacional de Estupefacientes). La experiencia en Colombia sugiere que la articulación interinstitucional suele ser lenta y propensa a duplicidades.
- 🔸 Dependencia tecnológica: El Ministerio de Comercio podrá habilitar operadores externos bajo estándares como ISO 27001, pero surgen preguntas sobre costos, exclusividad y sostenibilidad a largo plazo.
- 🔸 Riesgo de burocratización: Si el registro en SICAMED se convierte en un trámite adicional sin beneficios tangibles, podría desincentivar la participación de pequeños productores.
- 🔸 Limitación de la «vitrina comercial»: Al ser solo informativa y no transaccional, su utilidad práctica dependerá de la calidad de los datos y de la voluntad de compradores formales de usarla.
Plan piloto: tres años para evaluar el modelo
El artículo 30 establece un plan piloto de tres años para comercializadores autorizados, con vinculación voluntaria y evaluación de flujos de información, interoperabilidad y transparencia. Este enfoque gradual es prudente, pero requiere indicadores claros de éxito y mecanismos de ajuste ágiles.
El proyecto de resolución entrará en vigencia tras su publicación en el Diario Oficial. Corresponde ahora a la Instancia de Coordinación definir lineamientos técnicos, priorizar medidas de fomento y diseñar el anexo operativo del SICAMED. Hierbabuena Revista seguirá de cerca este proceso, evaluando su impacto real en la inclusión productiva, la transparencia del mercado y el acceso a mercados para pequeños actores del cannabis medicinal.
Lea el borrador de Resolución completo aquí: