Gobierno presentará nuevas tarifas para cannabis en Colombia

Bogotá D.C., 21 de abril de 2025.- El Ministerio de Justicia y del Derecho y el Ministerio de Salud y Protección Social, presentarán este miércoles 24 de abril, a las 10:00 a. m., la socialización oficial de la Resolución Conjunta 630 de 2025, norma que redefine el régimen tarifario para el sector cannábico medicinal, científico e industrial en Colombia.

La cita es clave para las personas naturales, jurídicas y esquemas asociativos—de carácter público o privado, nacionales o extranjeros—que desarrollan actividades relacionadas con el cannabis y que, en virtud del Decreto 780 de 2016 y la Ley 1787 de 2016, deben pagar por servicios de evaluación y seguimiento en el marco de sus licencias.

¿Qué es la Resolución 630 de 2025?

La Resolución Conjunta 630 de 2025 establece el nuevo esquema tarifario para los servicios técnicos prestados por el Estado en el marco de la normatividad que regula el cannabis en Colombia. El texto, firmado por el Ministerio de Justicia y del Derecho y el Ministerio de Salud y Protección Social, fija tarifas en Unidades de Valor Básico (UVB), con base en la naturaleza del servicio, el número de inmuebles o áreas autorizadas y el tipo de licencia.

El documento aplica para los titulares de las siguientes licencias:

  • Licencia de semillas para siembra y grano
  • Licencia de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo
  • Licencia de cultivo de plantas de cannabis no psicoactivo
  • Licencia extraordinaria para el cultivo de cannabis
  • Licencia de fabricación de derivados de cannabis (exceptuando las mencionadas en el parágrafo del artículo 1)

Además, se establecen criterios claros para el pago único o fraccionado de estos servicios, tanto en su etapa inicial (evaluación) como durante el ejercicio de la actividad (seguimiento).

¿Qué cambia para los licenciatarios?

El nuevo régimen tarifario introduce varias modificaciones significativas:

  • Las tarifas se ajustarán de acuerdo al valor anual de la UVB, lo que implica una indexación dinámica año tras año.
  • Se definen tarifas base y suplementarias, dependiendo de la complejidad del proyecto, el número de predios y las áreas autorizadas.
  • Las solicitudes nuevas, las modificaciones de cupos, la radicación de licencias y los servicios de seguimiento estarán sujetos a tarifas diferenciadas.

Uno de los aspectos más relevantes para el sector es el reconocimiento de un descuento del 20% para pequeños y medianos cultivadores, productores y comercializadores nacionales de cannabis. Este beneficio se fundamenta en las disposiciones de la Ley 1787 de 2016, el Decreto 780 de 2016 y la Resolución 227 de 2022.

Con esto, se busca fomentar la inclusión de actores comunitarios, campesinos, étnicos y populares, quienes históricamente han reclamado mayor equidad en el acceso al mercado regulado.

¿A quién aplica esta regulación?

Esta resolución tiene como destinatarios a todas las personas o entidades que posean o estén tramitando licencias bajo el régimen legal del cannabis en Colombia. Específicamente:

  • Titulares de licencias de cultivo (psicoactivo y no psicoactivo)
  • Titulares de licencias extraordinarias por investigación
  • Empresas que fabrican derivados de cannabis o productos medicinales

El alcance incluye tanto a organizaciones ya establecidas como a nuevos emprendimientos que se estén integrando al ecosistema regulado.

Un espacio para la pedagogía y el diálogo institucional

La jornada de socialización de este 24 de abril busca aclarar dudas y promover la comprensión del nuevo marco tarifario, en un escenario que ha sido históricamente complejo por las trabas administrativas, los costos operativos y la lenta articulación entre entidades.

Según la convocatoria del Ministerio de Justicia, se espera que los participantes conozcan a fondo:

  • Los elementos que componen la estructura tarifaria
  • Los mecanismos de pago y solicitud de devolución
  • Los criterios técnicos de seguimiento
  • El impacto presupuestal de la regulación sobre los proyectos cannábicos

Desde Hierbabuena Revista hacemos un llamado a participar activamente, compartir inquietudes y seguir apostando por la construcción de un modelo cannábico justo, inclusivo y sostenible, que reconozca la pluralidad de actores en el territorio colombiano.

Sigue la transmisión

La transmisión será virtual y se podrá seguir a través del canal de YouTube del MinJusticia.

Fecha: Miércoles 24 de abril de 2025
Hora: 10:00 a. m.
Modalidad: Virtual
Transmisión: Canal de YouTube del Ministerio de Justicia y del Derecho

¿Te gustó este contenido?

Suscribe, comenta, comparte y síguenos en redes sociales.

🌱 «No solo informamos: acompañamos la construcción de una industria. Transformamos datos en decisiones. Defendemos el derecho a saber.»

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

CONTACTO

Artículos relacionados

Fundada en 2017 como la primera boutique de CBD en Bogotá, Cannabis House ha completado una transformación estructural: sus puntos de venta ya no son tiendas naturistas, sino farmacias habilitadas para la dispensación de medicamentos con moléculas controladas. Con más de 15 líneas de producto que incluyen preparaciones magistrales para insomnio y dolor, y una licencia de transformación del Ministerio de Salud que le permite exportar, la compañía articula cultivo, procesamiento y distribución bajo un modelo de bioeconomía regenerativa.
Con el objetivo de romper los vacíos nacionales y fomentar la colaboración transfronteriza, The Cannabis Chamber of Commerce convoca a operadores, inversionistas, profesionales de la salud y defensores de la industria a una reunión virtual regional. La convocatoria está dirigida específicamente a operadores, empresarios, educadores, profesionales de la salud, inversionistas y líderes de la industria de toda la región.
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, oficializó la Clasificación Industrial Internacional Uniforme, Revisión 5 Adaptada para Colombia (CIIU Rev. 5 A.C.), que por primera vez incluyó menciones explícitas al cannabis medicinal y cosmético, así como al cáñamo industrial y sus derivados, en múltiples códigos de actividad económica.